Hace años que se vienen presentando proyectos de regulación para los fondos de pensiones y al instante surgen todo tipo de excusas, muchas inverosímiles y otras tergiversadas.
Con esta legislación se busca establecer un marco regulatorio que fortalezca la seguridad y autonomía de las cajas jubilatorias, asegurando así la protección adecuada de los fondos destinados a las pensiones de los trabajadores.
Asunción (Paraguay), 11 dic (PLUS).- El proyecto de ley que propone la creación de la Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones apunta a proteger el ahorro de los trabajadores y jubilados, aunque la misma haya sido causal de muchos debates a nivel nacional.
El ministro de Economía y Finanzas, Carlos Fernández Valdovinos, reafirmó que el proyecto de ley tiene como objetivo principal garantizar la autonomía de las cajas jubilatorias, asegurando al mismo tiempo la protección de los fondos de los trabajadores. Enfatizó que el gobierno ha estado receptivo a las inquietudes de diversos sectores a lo largo del proceso legislativo.
“Siempre estuvimos abiertos a escuchar preocupaciones. Lo que no estábamos dispuestos a aceptar eran reclamos sin propuestas alternativas. Desde el principio, permitimos la participación de centrales obreras, empresarios y jubilados en la redacción inicial de este proyecto de ley. Después incorporamos algunas modificaciones. Siempre estuvimos dispuestos a considerar más ajustes propuestos por parte de la gente que expresaban preocupaciones y presentaban alternativas”, afirmó el titular de la cartera económica en entrevista con varios medios de comunicación.
A esto agregó que no existe posibilidad alguna de que el Instituto de Previsión Social (IPS) conceda créditos al Estado paraguayo.
“Nunca estuvo en discusión que se anule esa posición legal. Lo que hicimos para cortar la discusión, presentamos modificaciones a los artículos 31, 42 y 43 aclarando más sus alcances, expresó Carlos Fernández Valdovinos en su cuenta de X (antes Twitter).
ARTÍCULOS 31, 42, Y 43 DE LA LEY DE LA SUPERINTENDENCIA DE JUBILACIONES Y PENSIONES
El artículo 31 habla de la revisión judicial de las actuaciones durante la intervención de entidades. Establece, finalmente, que los funcionarios de la superintendencia y los interventores podrán ser objeto de revisión judicial con posterioridad a la culminación de la intervención, por la eventual omisión o desviación en el cumplimiento de las mismas.
Mientras que el artículo 42 es sobre la determinación transitoria de limitaciones de inversión. Indica que permanecerán vigentes hasta la culminación del periodo de transición previsto en el artículo 41 de la misma normativa, o cuando la Superintendencia dicte los reglamentos respectivos antes del cumplimiento de dicho plazo.
Por último, el artículo 43 trata las derogaciones. De acuerdo con el posteo del ministro, de aprobarse la ley quedarán derogados el segundo párrafo del artículo 27 de la ley 1860/1950 de creación del Instituto de Previsión Social (IPS) que establece que los «recursos financieros del Instituto no podrán sufrir ningún tipo de restricción respecto de su administración, inversión o colocación en el sistema financiero y bancario del país».
El economista Jorge Garicoche mencionó al respecto, “Es necesario contar con una Superintendencia de Jubilaciones y Pensiones, ya que tenemos varias cajas que son deficitarias y cuando hablamos de la caja fiscal estamos hablando que hay trabajadores en situación de informalidad laboral y son quienes finalmente terminan pagando esas cajas con las compras que hacen, porque eso está siendo compensado con impuestos, porque en algún momento tuvieron un manejo muy desprolijo y es necesario que haya un control de los recursos financieros”.
Asimismo, Diego Duarte Schussmüller economista y master en Finanzas recalcó que, “Hace años que se vienen presentando proyectos de regulación para los fondos de pensiones y al instante surgen todo tipo de excusas, muchas inverosímiles y otras tergiversadas. Lo cierto es que pasa el tiempo y una crisis en los fondos la tendremos que pagar todos”.
Carlos Fernández Valdovinos volvió a dejar en claro que existe un amplio consenso en torno a esta iniciativa y expresó su esperanza de que el Congreso apruebe el proyecto de ley esta semana. Destacó que la finalidad de la ley es blindar los recursos de los trabajadores. “Una de las grandes ventajas de esta ley, y por eso cuenta con un alto grado de consenso, es que siempre se trabajó de manera transparente. Se llevaron a cabo diversas mesas de trabajo a lo largo del proceso”, puntualizó el ministro de Economía.
Con esta legislación se busca establecer un marco regulatorio que fortalezca la seguridad y autonomía de las cajas jubilatorias, asegurando así la protección adecuada de los fondos destinados a las pensiones de los trabajadores. La apertura al diálogo y la participación de distintos sectores son elementos centrales en la concepción y desarrollo de esta importante propuesta legislativa.
Teniendo en cuenta que este proyecto aportará al fortalecimiento de la seguridad de los fondos de pensiones, la misma también ayudará a diversificar las inversiones en distintos sectores de la economía y acceder a una mayor variedad de instrumentos financieros.
Franco Rojas, analista financiero senior en MF Inversiones & Economía sostuvo, “Este marco normativo podría resultar en un dinamizador del crédito hipotecario a nivel local, ya que estos fondos podrían invertir (con límites) en dichos créditos vía el mercado de capitales. De esta manera, los propios aportantes de los diferentes fondos podrían acceder a créditos para la vivienda de forma más eficiente y, por otro lado, los fondos tendrían un instrumento de inversión a largo plazo”.

