Asunción, Agencia IP.- El Poder Ejecutivo promulgó este lunes las modificaciones del Código Aduanero para los requisitos y datos que deben contener los documentos de despacho aduanero.
El Decreto 859/2023 modifica los artículos 170 y 331 del Anexo del Decreto 4672/05 que reglamenta el Código Aduanero.
Entre las novedades más importantes, a los efectos de determinar correctamente el valor imponible de las mercaderías, se encuentra la exigencia de presentación de la factura comercial o comprobante de flete.
La norma también deja en claro que el régimen de control posterior incluye a las mercaderías ingresadas por canal rojo al expresar que los controles podrán realizarse a las operaciones aduaneras relacionadas a todos los canales de selectividad.
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) destaca que estas medidas favorecen a la eficiencia en los controles al comercio internacional.