El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess) anunció la habilitación del módulo para la comunicación electrónica de liquidaciones salariales a través del Sistema Registro Obrero Patronal (REOP).
Esta funcionalidad también permite generar registros digitales de vacaciones y aguinaldo, y su uso es obligatorio conforme al decreto N° 1989/2024, que impulsa la creación de libros digitales de información laboral.
Para cumplir con esta disposición, los empleadores deben acceder al REOP, sección “Comunicaciones”, opción “Liquidación Salario”. Las cargas pueden realizarse por trabajador o mediante planillas Excel.
Esta herramienta busca optimizar la gestión de comprobantes laborales y fortalecer la seguridad jurídica en las relaciones de trabajo. “La tecnología es una aliada clave para promover la transparencia, agilizar los trámites y acercar los servicios del Estado a la ciudadanía”, destacó la ministra de Trabajo, Mónica Recalde.
Los recibos electrónicos, que cuentan con validez legal según la Ley N.º 6822/2021, son opcionales y deben estar firmados por empleador y trabajador. Representan una alternativa digital al formato papel previsto en el artículo 235 del Código del Trabajo.
Para más información, se puede contactar con la Dirección de Registro Obrero Patronal al (0986) 790 101 o escribir a reop@mtess.gov.py.
