La actualización salarial se aplicaría desde el 1 de julio, una vez que el Poder Ejecutivo emita el decreto correspondiente.
El Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), órgano técnico tripartito responsable de evaluar y proponer políticas relacionadas al salario mínimo legal en Paraguay, sesionó este jueves 12 de junio en la sede del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (Mtess), donde se definió la recomendación de ajuste para el periodo 2025.
Durante la reunión, se analizó el informe del Banco Central del Paraguay (BCP) sobre la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor (IPC), correspondiente al periodo junio 2024 – mayo 2025. Con base en estos datos, se recomendó un reajuste del 3,6%, equivalente a un incremento de G. 100.739 en el salario mínimo mensual.
De ser aprobado por el Poder Ejecutivo mediante decreto, el nuevo salario mínimo legal pasará a ser de G. 2.899.048 mensuales, mientras que el jornal mínimo diario ascenderá a G. 111.501, a partir del 1 de julio de 2025.
Procedimiento legal y próximos pasos
El director de Trabajo y presidente del Conasam, Enrique Galeano, explicó que actualmente se trabaja en la elaboración de las memorias descriptivas e informes técnicos que sustentan la recomendación, los cuales serán elevados a la Presidencia de la República para su análisis.
Según el marco legal vigente, la recomendación del Conasam debe ser remitida antes del 30 de junio, y el Ejecutivo tiene la facultad de emitir un decreto de reajuste que tendrá vigencia inmediata desde el primer día de julio.
Fundamento técnico: inflación como único criterio
El ajuste propuesto sigue la política establecida en la legislación paraguaya, que vincula directamente la actualización del salario mínimo con la variación del IPC. Esto implica que factores como la productividad laboral, crecimiento sectorial o costo de vida estructural no son considerados en esta metodología.
El debate sobre una eventual modificación del criterio de cálculo ha sido planteado en varias ocasiones tanto por sectores sindicales como empresariales, aunque sin avances normativos concretos hasta el momento.
Aproximadamente 250.000 trabajadores formales en Paraguay perciben el salario mínimo, lo que representa un segmento relevante de la población económicamente activa, especialmente en sectores como el comercio, los servicios y las actividades rurales.
