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Empresas distribuidoras de combustibles cuentan con 60 días para ajustarse a nueva normativa

El Ministerio de Industria y Comercio (MIC) informa a las empresas, instituciones del sector de combustibles y ciudadanía la entrada en vigor del Decreto 3.241/25, que establece nuevas especificaciones técnicas para los combustibles líquidos derivados del petróleo.

Las empresas distribuidoras disponen de un plazo de 60 días para justarse a la nueva normativa.

La cartera del Estado refiere que, esta medida busca cumplir con las exigencias del mercado, las nuevas tecnologías automotrices y la sostenibilidad ambiental.

Entre los principales cambios que estipula el nuevo decreto, figura la recategorización de las gasolinas comercializadas, que ahora estarán identificadas como RON 88 (Rojo), 93 (Amarillo), 97 (Azul) y 98 (Verde); la reducción del contenido de MTBE (Éter Metil Tert-Butílico) al 1% v/v; la disminución del contenido de azufre a un máximo de 100 ppm en promedio. Igualmente, se introduce el monitoreo del manganeso, con un valor máximo en forma de trazas de 1,0 mg/L, logrando con esto un combustible de gran calidad para los usuarios y amigable con el medioambiente.

Las empresas distribuidoras dispondrán de un plazo de 60 días para implementar estos cambios y poner a disposición de la ciudadanía los nuevos productos, de conformidad con lo establecido en el decreto reglamentario.

La normativa responde al mandato emitido por la Contraloría General de la República en el que se recomienda establecer una legislación más exigente respecto a la calidad de los combustibles comercializados en el país, así como la necesidad de disminuir los contaminantes en este producto, además del cumplimiento de la Ley N° 7357/24, “De consumo de fomento de alcohol absoluto y alcohol”.

Trabajo involucra al sector privado

El desarrollo de esta normativa fue liderado por una Mesa Técnica conformada por el MIC, a través de la Subsecretaría de Comercio y Servicios, e integrada por representantes de Petróleos Paraguayos SA (Petropar), la Asociación de Propietarios y Operarios de Estaciones de Servicios y Afines (Apesa), la Cámara de Distribuidores de Automotores y Maquinarias (Cadam), el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), así como especialistas del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y laboratorios privados.

 

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