MOPC dispuso horario especial para el transporte de ganado a la Expo durante la visita papal

El Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Ramón Jiménez Gaona, firmó la Resolución N° 1027, de fecha 30 de junio del corriente año, “Por la cual  se establece la excepción a los artículos 1°, 2° y 3°, de la Resolución N° 1003, del 26 de junio de 2015, desde las 00:00 hasta las 05:00 horas, de aquellos vehículos transportadores de ganado que tengan como destino la Expo Feria Rural del Paraguay, a realizarse en la ciudad de Mariano Roque Alonso”, durante la visita del papa Francisco a nuestro país.

 

La nueva resolución indica que considerando: “Que en los Artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 1003/2015, se establece la prohibición de tránsito vehículos de gran porte, entre los que se encuentran los de transporte de ganado en pie y atendiendo a que se encuentra próxima la Expo Feria de la Asociación Rural del Paraguay, que se realiza en la ciudad de Mariano Roque Alonso, es necesaria la excepción del cumplimiento de los mencionados Artículos, a los vehículos que transportarán el ganado para dicha feria, en un determinado horario”.

 

Por lo tanto, dispone en su Art. 1°.- “Exceptuar desde las 00:00 hasta las 05:00 horas el cumplimiento de los Artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 1003/2015, a los vehículos transportadores de ganado en pie que tengan el destino de la Expo Feria Rural del Paraguay, a realizarse en la ciudad de Mariano Roque Alonso.

 

Asimismo, en su Art. 2°:- establece que estos vehículos que transportarán el ganado de la ciudad de Mariano Roque Alonso, “deberán presentar los  documentos que acrediten dicho destino”. Recordemos que la Resolución 1003/2015 del MOPC establece en sus tres primeros artículos cuanto sigue:

 

Artículo 1: Prohibir el tránsito por la Ruta Nacional N° 1, “Mcal. Francisco Solano López”, en el tramo San Lorenzo km 15 al km 27 de la ciudad de J. Augusto Saldivar de  vehículos con acoplados, transportadores de ganados en pie y que transportan cargas peligrosas o cargas indivisibles, camiones de carga de (10) diez toneladas en adelante, vehículos de transporte público de pasajeros de larga, mediana y corta distancia, como también, los que no reúnen las condiciones técnicas de seguridad y confort, a partir de las 04:00 hasta las 09:00 horas del sábado 11 de julio de 2015.

 

Artículo 2: Prohibir el tránsito por la Ruta Nacional N° 2, “Mcal. José Félix Estigarribia” en el tramo, San Lorenzo km 15 al km 83 Itacurubí de las Cordilleras, de vehículos con acoplados,  transportadores de ganados en pie y que transportan cargas peligrosas o cargas indivisibles, camiones de carga de (10) diez toneladas en adelante, vehículos de transporte público de pasajeros de larga, mediana y corta distancia, como también, los que no reúnen las condiciones técnicas de seguridad y confort, a partir de las18:00 horas del viernes 10 de julio hasta las 18:00 horas del sábado 11 de julio del 2015.

 

Artículo 3: Prohibir el tránsito por la Ruta Nacional N° 3, “Gral. Elizardo Aquino”, desde el tramo Limpio km 25+500 metros al km 171 de la localidad 6000 Defensores, de vehículos con acoplados, transportadores de ganados en pie y que transportan cargas peligrosas o cargas indivisibles, camiones de carga de (10) diez toneladas en adelante, vehículos de transporte público de pasajeros de larga, mediana y corta distancia, como también, los que no reúnen las condiciones técnicas de seguridad y confort, a partir de las 18:00 del jueves 09 de julio hasta las 24:00 horas del domingo 12 de julio.

 

 

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