A partir de este 01 de julio entró oficialmente en vigencia el nuevo salario mínimo legal para los trabajadores del sector privado, tras el reajuste del 5% dispuesto por el Poder Ejecutivo mediante el Decreto N° 6225.
La actualización incrementa el salario mínimo mensual para actividades diversas no especificadas de G. 2.899.048 a G. 3.044.000, mientras que el jornal mínimo diario pasa a G. 117.077.
El ajuste fue establecido luego de la recomendación del Consejo Nacional de Salarios Mínimos (Conasam), que analizó la evolución de la inflación, el comportamiento de la economía y las propuestas presentadas tanto por representantes de los trabajadores como del sector empresarial. La medida tiene impacto inmediato sobre todas las remuneraciones que se encuentran referenciadas al salario mínimo legal.
Para las empresas, la entrada en vigencia del nuevo piso salarial implica la adecuación de las liquidaciones de haberes y de otros conceptos laborales vinculados al salario mínimo, mientras que para los trabajadores representa un incremento nominal de G. 144.952 respecto al monto vigente hasta junio.
Nuevos valores por jornada
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) también oficializó los nuevos montos correspondientes a las distintas modalidades de trabajo.
En la jornada diurna, el salario mínimo mensual queda fijado en G. 3.044.000, con un salario diario para trabajadores mensualizados de G. 101.467 y un salario por hora de G. 12.683.
En el caso de la jornada nocturna, que contempla un recargo legal del 30%, el salario mínimo mensual asciende a G. 3.957.200. Asimismo, fueron actualizados los valores para los trabajadores contratados bajo la modalidad de empleo a tiempo parcial, cuyos montos se calculan de manera proporcional conforme a la carga horaria establecida por la legislación laboral.

