Bajo el argumento de que tienen que cubrir altos riesgos, comercios que otorgan préstamos personales meten sus manos en los bolsillos de las personas cobrando intereses muy por encima del tope de usura para entidades reguladas. Disfrazan tasas sólo dando a conocer montos de cuotas. Banco Central espera nueva ley para intervenir.
La tasa de interés representa el precio del dinero que paga un ciudadano o empresa por un crédito, según la Superintendencia de Bancos, los límites máximos a partir de los cuales la tasa de interés activa es considerada usuraria para operaciones a realizarse en el mes de febrero de 2016 es de 43,33%.
Una investigación realizada por el equipo de 5días Research indica que las casas de créditos ofrecen créditos con intereses que van entre 47 y 53%, para préstamo de un millón de guaraníes a un plazo de un año, este producto es ampliamente comercializado para las personas de bajo recurso debido a su falta de registro financiero, además de la simpleza que representa acceder a los créditos, en algunos casos solamente con cédula y sin la presentación de algún documento extra.
CUOTAS
Las casas de créditos, al ofrecer el producto, no indican la tasa a la que está sometida el préstamo, expresan solamente la cuota mensual que se debe amortizar por el préstamo.
Para clarificar el panorama, unas cuotas de G. 128.000 por un préstamo de un millón de guaraníes, a un año, representan una amortización total de G. 1.536.000, es decir, que el interés por el préstamo representa aproximadamente 53%.
EL ARGUMENTO
Representantes de casas de créditos indicaron que al operar fuera del mercado regulado por el BCP es importante recalcar que las casas de créditos exponen fondos propios a los riesgos inherentes del otorgamiento de microcréditos en el sector informal del mercado financiero.
La tasa de interés es fijada a través de una variedad de factores, pero al trabajar en este segmento el inversor carece de informaciones oficiales y otras herramientas con las que las entidades financieras reguladas sí cuentan; por lo que al tener mayor riesgo y menor información oficial y del cliente, las casas de crédito deben contar con mayores tasas de interés, pero siempre por debajo de la tasa usuraria.
La tasa de interés cobrada por las casas de crédito es definida para cubrir los riesgos del crédito y buscar la ganancia de los inversionistas.
Habiendo dicho esto, las casas de crédito no otorgan créditos sin observar la mora que acarrea su cartera, sino que este es parte del segmento en que las casas de crédito operan y nadie juega a perder en el negocio financiero.
En cuanto a los efectos sobre el sistema financiero regulado, además de la posible (aunque mínima) competencia en el otorgamiento de créditos, las entidades no reguladas por el BCP poseen ventajas competitivas en cuanto a la flexibilidad de la documentación requerida, tasas e incluso del régimen de previsiones, las que se realizan en forma voluntaria y con la periodicidad que estas consideran.
En resumen, es un segmento de mayor riesgo, por lo que acorde a la gestión de los involucrados en la empresa, esta puede prosperar o caer ante los riesgos.
Regulación
En comunicación directa con representantes del BCP, señalaron que según la ley de bancos de 1996, las casas de créditos no se encuentran reguladas por el Central.
El registro oficial de las empresas se hace a través del MIC como cualquier firma y ante una denuncia del usuario por alguna irregularidad, sólo puede recurrir a Defensa del Consumidor.
No obstante, la nueva Ley de Bancos contempla la modificación de un artículo donde incluye al BCP como ente regulador de las casas de créditos.
El 10 de diciembre del año pasado se trató en Diputados la modificación de la Ley de Bancos, la misma pasó a Senadores para su estudio y, en caso de ser aprobado, pasaría al Ejecutivo para su promulgación. La misma sería tratada de forma inmediata a la vuelta del receso parlamentario.