El plan estará vigente hasta el 31 de agosto y alcanza obligaciones vencidas hasta diciembre de 2023, incluyendo certificados de deuda y ajustes fiscales.
Con una entrega mínima del 10%, los contribuyentes podrán financiar el saldo sin recargos y acceder además a un descuento del 50% en sanciones por defraudación.
La Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) oficializó la entrada en vigencia del Decreto N.º 5154/2025, que establece un régimen excepcional y transitorio para la regularización de determinadas deudas impositivas con 0% de interés o recargo.
La medida, impulsada por el Poder Ejecutivo, busca facilitar el cumplimiento tributario y reforzar la recaudación fiscal, ofreciendo condiciones extraordinarias para que personas físicas y jurídicas puedan ponerse al día.
Qué deudas están alcanzadas
El régimen aplica a obligaciones tributarias mensuales vencidas hasta diciembre de 2023 y a obligaciones anuales correspondientes al ejercicio fiscal cerrado al 31 de diciembre de 2023.
También abarca deudas firmes consignadas en Certificados de Deuda, incluso aquellas que se encuentren en proceso de gestión de cobro ante el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
Asimismo, incluye ajustes fiscales derivados de fiscalizaciones, sumarios administrativos o recursos de reconsideración, siempre que exista conformidad o allanamiento expreso del contribuyente sobre el monto total adeudado. El beneficio alcanza igualmente a determinaciones tributarias y sanciones ya culminadas o en trámite, siempre que cumplan con las condiciones previstas en el decreto.
Facilidades de pago y descuentos
Los contribuyentes que opten por acogerse al régimen deberán realizar una entrega mínima equivalente al 10% del total de la deuda. El saldo restante podrá financiarse en hasta 24 cuotas mensuales sin intereses cuando el monto no supere los 500 millones de guaraníes.
Para deudas superiores a ese monto, el plazo podrá extenderse hasta 36 cuotas mensuales. En los casos en que las obligaciones superen los 1.000 millones de guaraníes, podrán solicitarse más de 36 cuotas, sujetas a aprobación.
El decreto también contempla un incentivo adicional: un descuento del 50% por pronto pago en sanciones por defraudación, aplicable a las obligaciones previstas en los incisos a) y b) del artículo 1° del Decreto 5154/25.
Cómo adherirse
Las personas interesadas deberán presentar la nota de solicitud para el régimen excepcional a través de la Mesa de Entrada Institucional de la DNIT o del MEF, según corresponda.
Además, en el portal oficial de la DNIT, en la sección Pago de Impuestos, se pueden consultar las condiciones, descargar el formulario de solicitud y acceder al texto completo del decreto.
Con esta iniciativa, el Ejecutivo apunta a ofrecer un alivio financiero temporal a los contribuyentes en mora y, al mismo tiempo, fortalecer los ingresos fiscales en el corto plazo.
Para más información puedes ingresar en https://www.dnit.gov.py/en/web/portal-institucional/pagos

